5 de julio de 1811. Protagonistas

Protagonistas del 5 de julio de 1811
 

La Junta Conservadora de los Derechos de Fernando VII, establecida el 19 de abril de 1810 en Caracas, comisionó al doctor Juan Germán Roscio la redacción del reglamento que permitiría la elección de diputados en todos aquellos territorios que reconocieron la autoridad de la Suprema Junta de Caracas, y desconocieron la autoridad del Consejo de Regencia. Este reglamento se publicó en la Gaceta de Caracas, durante el mes de junio de 1810 en varias entregas y, a partir del mes de mayo, comenzaron a realizarse las elecciones en las provincias de Caracas, Cumaná, Mérida, Trujillo, Barcelona, Barinas y Margarita. Estas fueron las primeras elecciones que se llevaron a cabo en Venezuela. De esta manera se inicia entre nosotros el principio de la representación, según el cual, la base de la legitimidad de cada uno de los diputados está en haber sido elegidos por el pueblo para que lo represente.

De seguidas presentamos la información básica sobre algunos de los diputados que fueron elegidos como representantes para formar parte del primer Congreso General de Venezuela quienes, después de un largo y comprometido debate, declararon la independencia absoluta de Venezuela. En cada caso se incorpora también un fragmento de lo que fueron sus intervenciones en el Congreso y las razones en las que fundaron su decisión de apoyar la Declaración de la Independencia, o de rechazarla, como fue el caso de Manuel Vicente Maya, diputado por La Grita.

 

Juan Germán Roscio

Nació en San José de Tiznados (actual estado Guárico) en 1773 y falleció en Cúcuta, Colombia, en 1821. Estudió en la Universidad de Caracas y se graduó en Derecho Canónico y Derecho Civil; fue redactor de la Declaración de la Independencia, y de otros importantes documentos de la época. Su principal obra se tituló El triunfo de la Libertad sobre el despotismo, publicada originalmente en Filadelfia, en 1817, fue diputado por la Provincia de Caracas, elegido en la Villa de Calabozo.

Intervención en el Congreso, 3 de julio de 1811:

La Independencia consiste en no depender de ninguna nación extranjera y no como ha dicho el señor preopinante en la abolición del gobierno monárquico y establecimiento del republicano; los obstáculos que pueden oponerse a esta independencia no creo que son los inconvenientes externos, que hasta ahora se han apuntado por los anteriores oradores, sino los que nacen de las circunstancias mismas, en que se hallan algunos pueblos de Venezuela que aún no se nos han unido; Maracaibo, Coro y Guayana, por cuya unión y felicidad suspiro, quizá se alejarán de nosotros más que nunca y los tiranos que las dominan se aprovecharán de nuestra declaración para hacernos ver con horror y execración”.       

 

Francisco Javier Yanes

Nacido en Puerto Príncipe (hoy Camagüey, Cuba) en 1777, se estableció en Caracas en 1802, estudió y se graduó en Derecho Civil en la Universidad de Caracas, fue miembro del Congreso General de Venezuela, diputado por Araure. Autor del Manual Político del Venezolano, del Compendio de la Historia de Venezuela desde su descubrimiento y conquista hasta que se declaró Estado independiente y de la Relación documentada de los principales sucesos ocurridos en Venezuela desde que se declaró Estado Independiente hasta el año de 1821.

Intervención en el Congreso, 3 de julio de 1811:    

“Primero deben ser libres, soberanos e independientes los Estados de Venezuela para cerrar a celebrar aquel pacto general y decirse después unidos o confederados. Esto no puede verificarse de otro modo que declarando su absoluta independencia de la monarquía y dominación española a que hasta aquí han estado sujetos, y en virtud de este solemne acto reasumirán todos y cada uno de ellos los derechos de libertad, igualdad y soberanía que la naturaleza ha concedido a todos los Estados y de que se habían privado los de Venezuela para formar la asociación política en el anterior gobierno. Lo demás es invertir el orden emprender la obra por el fin y alterar la naturaleza de las cosas, lo que ciertamente es repugnante a la razón.”

 

Manuel Vicente de Maya

Nació en San Felipe (actual estado Yaracuy), en 1767 y murió en Caracas en 1826. Se formó en la Universidad de Caracas donde obtuvo el título de bachiller en Filosofía, completó estudios en Derecho Civil y Canónico y se doctoró en Teología. Fue Catedrático de Latinidad y Sagrados Cánones y también Rector de la Universidad de Caracas, en 1811. Representante por La Grita al Congreso de Venezuela, fue el único diputado que estuvo en contra de la Independencia.

Intervención en el Congreso, 3 de julio de 1811

“Varias veces se ha discutido en esta Asamblea sobre el presente asunto, y en las mismas he alegado muchas razones que me persuaden no debe declararse la Independencia. Por evitar la molestia de su repetición no las especifico ahora, y me contento solamente con remitirme a las actas del Congreso, en que están estampadas. Sólo añadiré a ellas que no considero al Congreso con facultades para esta declaratoria, porque la convocación hecha a los pueblos fue para que eligiesen sus representantes para formar el cuerpo conservador de los derechos de Fernando VII; y a este objeto, por consiguiente, contrajeron ellos su voluntad expresa, como se puede ver en las credenciales de cada uno de los diputados. Siendo, pues, la declaratoria de Independencia una mutación sustancial del sistema de gobierno adoptado por los pueblos en la constitución de sus representantes, necesitan éstos una manifestación clara y expresa de aquéllos para obrar conforme a sus poderes y dar a este acto todo el valor y legitimidad que él exige. Esta razón, que creo tan fuerte y poderosa, respecto de todos los ilustres miembros que componen este respetable cuerpo, lo es mucho más, respecto de mí que, fuera de esta consideración general, tengo la especial de mis comitentes, expresada en las instrucciones que me han dirigido en forma auténtica, y en las que una de ellas se contrae a este caso de la Independencia, prohibiéndome por varias razones, que exponen, a acceder por ahora a su declaratoria.”

 

José Vicente de Unda

Nace en Guanare en 1777 y muere en Mérida en 1840. Formado en la Universidad de Caracas, se graduó de Doctor en Filosofía. Fue representante por Guanare ante el Congreso General de Venezuela.

Intervención en el Congreso, 3 de julio de 1811.

“No es mi ánimo entrar a demostrar la justicia, la necesidad y la oportunidad en que nos hallamos de declarar la Independencia. Dos cosas sólo deseo: la primera, que mi estado no me preocupa ciegamente a favor de los reyes ni contra la felicidad de mi patria y que no estoy imbuido en los prestigios y antiguallas que se quieren oponer contra la justicia de nuestra resolución que conozco y declaro; la segunda es que Guanare, a quien represento, no se tenga por obstáculo para la Independencia cuando se crea necesaria; yo creo que en nada se opone ésta al juramento que hemos prestado los diputados y cuando suscribo a ella es porque estoy cierto que los habitantes de Guanare, aunque distantes del centro de las luces y la ilustración, son dóciles al bien, conocen los males y los inconvenientes de un gobierno lejano y desean gozar de las ventajas de una administración libre, enérgica, inmediata y capaz de conocer los verdaderos intereses del país que gobierna; bajo estos datos garantizo la voluntad de Guanare a favor de la independencia, supuesta la sanción del Congreso sobre su necesidad y oportunidad. Suscribo, pues, a nombre de Guanare a la independencia absoluta de Venezuela.”

 

José Ángel Álamo

Nació en Barquisimeto en 1774 y murió en Caracas, en 1831. Estudió Medicina en la Universidad de Caracas, obtuvo el título de Doctor en 1802 y fue Catedrático de Medicina y Cirugía. Fue diputado por Barquisimeto y miembro de la comisión encargada de redactar los derechos del pueblo en 1811.

Intervención en el Congreso, 3 de julio de 1811

“Se alega como razón para no decidir la Independencia, la necesidad de consultar antes la voluntad de los pueblos. Yo creo que no es necesario este paso, porque el reglamento de elección con que hemos sido constituidos representantes de esos mismos pueblos, nos autoriza para todo lo favorable a nuestros constituyentes: nada puede serlo tanto como la Independencia; por ella vamos a recobrar enteramente nuestros derechos y todos los bienes inseparables de tan preciosa adquisición. Si estamos, pues, autorizados, como lo creo y sostengo, debemos no detenernos en esta razón; y si no hay otras que lo contraríen, declarar, desde luego, nuestra absoluta Independencia”.

 

Felipe Fermín Paúl

Nacido en Caracas en 1774, falleció en la misma ciudad en 1843. Estudió en la Universidad de Caracas, se graduó en Derecho Civil y obtuvo el título de Doctor en Teología y también en Derecho Canónico; fue Catedrático de Derecho Práctico y Economía Política en la misma Universidad. Representante de San Sebastián en el Congreso General de Venezuela.

Intervención en el Congreso, 5 de julio de 1811

“He meditado bien las razones y las circunstancias que dictan nuestra absoluta independencia y los anteriores discursos han rectificado sobremanera mis ideas; nuestros intereses no tienen ya otro apoyo que la firmeza, energía y decisión de un sistema; y sobre esta verdad es ocioso repetir lo que han dicho los anteriores oradores. El señor Unda acaba de prestar por su representación nuevas razones a favor de la independencia y lo mismo los demás diputados que acaban de suscribir a ella y yo la creo por la mía útil y necesaria, porque nadie ignora ya que lo somos de hecho y la declaración jurídica no hará enemigos a los que ya lo era. (…)  En tales razones apoyo mi decisión a favor de la independencia, pero no espero ni quiero que mis virtuosos compatriotas se hagan indignos de ella por una conducta opuesta a los fines a que ella nos conduce; si hasta ahora ha sido necesario el civismo, el desprendimiento y las demás virtudes que tanto crédito nos han granjeado, ahora más que nunca debéis, nobles caraqueños, ser moderados, enérgicos y amantes de la unión y fraternidad: sea la independencia en que vamos a entrar el término de las rencillas, partidos y facciones; no venga la división a privarnos del goce inefable de tantos bienes; seamos libres unidos si no queremos ser esclavos para siempre, y demos al mundo que nos contempla un testimonio de que somos dignos del alto rango que vamos a ocupar”.

 

Manuel Palacio Fajardo}

Nació en Mijagual (actual estado Barinas) en 1784 y falleció en Angostura (actual Ciudad Bolívar) en 1819. Cursó estudios de Filosofía en el Colegio Seminario de San Buenaventura en la provincia de Mérida, pasó luego a Santa Fe de Bogotá en donde estudió Derecho Civil, Derecho Canónico y Medicina. Fue diputado por Mijagual en el Congreso General de Venezuela. Autor de Outline of the Revoluction in Spanish America, publicada en 1817, originalmente en inglés y traducida al francés y al alemán. Se tradujo por primera vez al español en 1953, con el título Bosquejo de la Revolución de la América Española.

Intervención en el Congreso, 5 de julio de 1811 

“Todas las naciones del antiguo mundo han brillado antes que nosotros, y se acerca el momento en que brilla el Nuevo. Para que un pueblo sea libre basta el quererlo ser: estos son los deseos de Venezuela. El orden de los sucesos, el imperio de los destinos y de las circunstancias han arrancado a la España la dominación de estas regiones; no es posible oponerse más tiempo a los decretos de la omnipotencia ni a la voluntad general de hombres dignos de serlo. Sí: torrentes de prosperidad van a sucederse a los siglos de ignominia. Venezuela es libre y va a ser independiente; aprovéchese enhorabuena la Inglaterra de esta declaratoria para romper con Venezuela; empeñe la España sus pactos para mover contra nosotros sus aliadas o produzca un esfuerzo de entre su impotencia; desconózcannos todas las potencias del universo. Venezuela se basta a sí misma, Venezuela triunfará de cuantas se opongan a su felicidad. Roma, antes de formar un vasto imperio, era una aldea; la Gran Bretaña, antes de dominar los mares, una débil isla. Todo cede al impulso de la libertad y las fuerzas del hombre libre sólo son comparables a su dignidad. Un terreno dilatado y feraz, poblado de hombres ilustrados y fuertes, es bien acreedor de elevarse al rango de nación. Yo me opondría a los votos del pueblo y a los intereses de Venezuela si no me explicara de este modo cuando en mis oídos suena continuamente esta voz: Venezuela será habitada por hombres libres o el sepulcro funesto de sus actuales moradores. Venezuela será un pueblo independiente o dejará de existir entre los pueblos de la tierra. A nombre, pues, del Mijagual, cuyo Departamento represento, y atendiendo a los clamores de la voluntad general, pido se haga en este día la declaración de nuestra absoluta independencia de la España y todo el poder extranjero.”

 

Martín Tovar Ponte

Nace en Caracas en 1772 y muere en su ciudad natal en 1843. Cursó estudios de Gramática en el Seminario de Caracas y cursos de Derecho y Filosofía en la Universidad de Caracas; fue Alcalde del Cabildo de Caracas, miembro de la Junta Suprema Defensora de los Derechos de Fernando VII en 1810 y representante de San Sebastián, provincia de Caracas, en el Congreso General de Venezuela.

Intervención en el Congreso, 3 de julio de 1811

“Cuantas veces ha considerado y discutido esta materia el Congreso, ha creído que debíamos ser independientes; y es la prueba, que ha comisionado algunos de sus miembros para el proyecto de una Constitución democrática, y esto no puede conciliarse con Fernando VII. Desde el 19 de abril debimos y quisimos ser independientes, pero por razones políticas se difirió, a nuestro pesar, esta resolución; ha llegado el tiempo, y si los ingleses se resisten, darán a entender que calculaban poco generosamente sobre nuestra debilidad y buena fe. Creo, pues, que estamos en el caso de declarar la Independencia”.

 

Antonio Nicolás Briceño

Nació en Mendoza (actual estado Trujillo) en 1782 y murió en Barinas en 1813. Graduado en la Universidad de Caracas en Derecho Civil y Canónico, obtuvo el título de Abogado en las Reales Audiencias de Santa Fe y de Caracas. Fue diputado por Mérida en el Congreso General de Venezuela

Intervención en el Congreso, 5 de julio de 1811.

“Creo que debemos declarar nuestra independencia por todo lo expuesto, pero también creo que deben preceder los fundamentos y razones que tenemos para hacerlo; creo que deben tomarse medidas para estrechar más nuestras relaciones con los europeos y sacar a los buenos de la indiferencia en que los tiene el temor; creo que debe anunciarse que no se relaja por eso la subordinación a las leyes y la obediencia a las autoridades constituidas, y creo, finalmente, que ahora más que nunca debe ser la unión, la fraternidad y la moderación nuestra divisa”. Sesión del 5 de julio de 1811.

Todas las intervenciones en el Congreso fueron tomadas del Libro de Actas del Congreso General de Venezuela, Caracas, Academia Nacional de la Historia, 2010, 2 vol.

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